MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Leg. del Estado/Rango: Real Decreto/Organismo Emisor: Ministerio de Economía y Hacienda

Número de la disposición: 845//Fecha de la disposición: 08/11/2008//Fecha del B.O.E.: 01/11/2008

Marginal del B.O.E.: 76398//Número de la Ley Legislación: 9847/DERECHOS Y LIBERTADES PÚBLICAS

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO 08/11/2008

El Sr. Presidente pondrá en marcha en los próximos días un Plan Nacional de Empleo.

El Plan de Emergencia Nacional de Empleo, que será conocido por sus siglas como P.E.N.E., tiene por objeto parar la crisis actual, reduciendo la plantilla estatal.

Para que tal reducción se produzca de la forma más justa y equitativa posible, se acelera la jubilación de los empleados de mayor edad, facilitando la retención de los jóvenes a los que se les confiará el futuro del Estado Nacional. Esta mecanismo de selección entrará en vigencia inmediatamente y se llamará Jubilación Obligatoria De Empleados y Trabajadores Estatales (J.O.D.E.T.E.).

Los empleados JODIDOS tendrán oportunidad de buscar otros trabajos dentro del Estado. La única condición para que puedan comenzar la búsqueda, es la de requerir al P.E.N.E. una autorización para que revise si su situación laboral es compatible antes de jubilarse.

Este plan de evaluación será llamado Plan Acelerado de Jubilación Anticipada (P.A.J.A.)

Todo empleado que haya sido JODIDO y esté en PAJA, podrá solicitar una revisión final. Esta última fase se denominará Posibilidades Optimas Laborales de Volver a la Organización (P.O.L.V.O.).

La política del programa estatal establece que los empleados pueden disfrutar de un solo POLVO y de dos PAJAS , pero pueden ser JODIDOS tantas veces como el Gobierno de España lo juzgue necesario, por la acción del PENE del Sr. Presidente.

Palacio de La Moncloa, 8 de octubre de 2008

Jose Luis Rodriguez Patatero

Presidente del Gobierno